Introducción
En los países europeos, el suministro de la mayoría de bienes y servicios está sujeto al Impuesto sobre el valor añadido (IVA). Si usted es un publicador con sede en la Unión Europea (UE), Noruega, Suiza, o el Reino Unido (UK), es posible que tenga que cobrar el IVA a algunos de sus socios anunciantes.
Recaudación del IVA
Si ejerce una actividad comercial con regularidad, es probable que deba registrarse a efectos del IVA y cobrarlo en los suministros que realice a determinados anunciantes. Sin embargo, puede haber casos en los que no esté obligado a cobrar el IVA. Por ejemplo, si su volumen de negocios anual está por debajo de un determinado nivel establecido por las autoridades fiscales locales.
Atención
Es su responsabilidad determinar si está obligado a cobrar el IVA a sus anunciantes. Consulte a sus profesionales en materia contable y fiscal al respecto.
Número de identificación a efectos de IVA (NIF-IVA)
Si está obligado a cobrar el IVA, recibirá un NIF-IVA como parte del proceso de registro del IVA con las autoridades fiscales locales. Facilítenos este número a través de su Gerente publicador o en respuesta al correo electrónico que le enviamos pidiéndole que nos notificara su situación en materia de IVA. Si no dispone de un NIF-IVA en el momento de poner en marcha su programa, pero se registra para obtener uno más adelante, es su responsabilidad facilitárnoslo. Si tiene dos o más NIF-IVA en distintos países, facilítenos el NIF-IVA del país en el que opera su empresa, es decir, su país de residencia.
Tener un NIF-IVA suizo sin tener su sede en Suiza puede afectar al modo en que se cobra el IVA en sus comisiones. Si ese es el caso de su empresa, consulte a sus profesionales en materia contable y fiscal.
Cómo añadir o actualizar su NIF-IVA
Puede añadir o actualizar su NIF en los datos de su cuenta en el administrador de publicador:
- Vaya a Cuenta en la cabecera de navegación y haga clic en Datos de la cuenta.
- En la pestaña General, desplácese hasta la sección Declaración de impuestos para añadir su NIF-IVA.
¿Cuándo se aplica el IVA?
Si está sujeto al IVA, Rakuten Advertising cobrará el IVA al tipo correspondiente en su país a los anunciantes en su nombre. Si está asociado con un anunciante con sede en otro país, por regla general su prestación imponible se considera realizada en ese otro país. En tales casos, no cobraremos impuestos en su nombre. Lo más probable es que el anunciante sea responsable de autoliquidar el IVA/GST, también conocido como inversión impositiva, u otro impuesto sobre los servicios recibidos.
Si usted no está sujeto al IVA, Rakuten Advertising no cobrará este impuesto a ningún anunciante en su nombre.
Datos de la factura fiscal
Una vez que sus socios de anunciante aprueben sus comisiones correspondientes, se generarán facturas por cada mes natural durante el que haya prestado servicios a los respectivos anunciantes. Acontecimientos como una bonificación o la anulación de comisiones previamente aceptadas por los anunciantes también pueden desencadenar la generación de una factura fiscal. La factura fiscal indica los importes de las comisiones aprobadas, las comisiones anuladas y las bonificaciones concedidas por el anunciante correspondiente. El IVA se añade a estos importes cuando procede.
Generamos facturas fiscales de los publicadores dirigidas a anunciantes por medio de nuestra plataforma, en nombre y por cuenta del publicador. Dichas facturas indican el número de IVA del publicador y el número de IVA del anunciante. Rakuten Advertising no tiene obligaciones en materia de IVA en relación con el suministro editor-anunciante, por lo que las facturas no contienen el número de IVA de Rakuten Advertising.
Nota
A efectos del IVA, la prestación de servicios se realiza directamente entre el publicador y el anunciante. Rakuten Advertising no participa en la transacción. Se trata de un agente que actúa siempre en nombre y por cuenta de los mandantes, como agente autorizado. Para más información, consulte el Acuerdo de afiliación.
Rakuten Advertising sólo forma parte de la transacción en el caso concreto de los Compromisos directos o los Compromisos acelerados. Si ha contraído dicho compromiso, sus comisiones de publicador se facturarán a Rakuten Advertising y no al anunciante.
Las facturas fiscales de publicador se generan de acuerdo con los requisitos generales de facturación establecidos por la legislación de IVA del país correspondiente. Sin embargo, usted como publicador es responsable de verificar los requisitos locales de facturación de su país, en caso de que la factura de IVA generada por Rakuten Advertising no satisfaga dichos requisitos. Por ejemplo, si necesita una factura en un idioma diferente al inglés, alemán o francés, o facturas digitales en formato especial, es responsabilidad suya emitir facturas adecuadas por los servicios prestados, para su propio registro y declaración del IVA.
Atención
Las facturas fiscales de publicador generadas por Rakuten Advertising no deben considerarse emitidas en el marco de acuerdos de autofacturación en el sentido de la legislación sobre el IVA del país respectivo: UE, Noruega, Suiza o el Reino Unido.
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